Hasta este 10 de agosto empresas calificadas por el CNE podrán difundir pronósticos

Las personas naturales o jurídicas calificadas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para realizar pronósticos electorales, podrán publicar resultados de sus encuestas hasta las 23:59 del jueves 10 de agosto, tal como lo establece el Código de la Democracia.

Si un medio de comunicación social, incluyendo los de carácter digital, publica estudios dentro de los diez días antes de los comicios, o se refiere a sus datos, incurriría en una infracción que puede ser sancionada con la suspensión de la publicidad en dicho medio, una multa que va desde 25 hasta 255 salarios básicos unificados (SBU), e incluso hasta la suspensión del medio de comunicación hasta por seis meses, en caso de reincidencias.

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El órgano electoral calificó a 14 personas jurídicas y 11 personas naturales para realizar pronósticos electorales en las Elecciones Anticipadas 2023.

Fuente. CNE